Tabla de contenidos
Requisitos para la adopción en Perú
Adopción Nacional
a) Fotocopia fedateada del documento de identidad: DNI.
b) Copia certificada o fedateada de la partida de nacimiento de los adoptantes y de sus hijos (de ser el caso)
c) Copia certificada o fedateada de la partida de matrimonio civil (de ser el caso).
d) En caso de ser divorciado(a), copia certificada de la sentencia de divorcio o documento equivalente.
e) Certificado de salud física y mental, y resultados de los exámenes médicos (VIH, hepatitis tipo B, Rayos X y otras enfermedades infecto contagiosas).
f) Certificados negativos de antecedentes policiales.
g) Certificados negativos de antecedentes penales.
h) Certificado de registro negativo de deudor alimentario moroso en aquellos casos en que aun no se haya implementado el registro respectivo se admitirá una declaración jurada de cada uno de los solicitantes.
i) Certificado de trabajo, declaración jurada de impuestos a la renta y otro documento que acredite ingresos económicos.
j) Certificado domiciliario.
k) Fotografías actualizadas de la familia y el hogar, con una antigüedad no mayor de 4 meses.
Adopción internacional
Sólo pueden adoptar en el Perú aquellas personas cuyo país de residencia o los Organismos Acreditados y autorizados, hayan suscrito Tratado o Convenio con el Perú es decir, con la Dirección General de Adopciones.
Las personas residentes en el extranjero deberán presentar su solicitud de adopción a los centros o instituciones autorizados por su país de residencia para tramitar la adopción internacional de acuerdo con los convenios internacionales vigentes.
Para tal efecto, deberán acudir a la autoridad central extranjera competente y presentar su documentación a través de esta entidad o de aquella institución que la autoridad central autorice expresamente.
Requisitos para la adopción de un niño en Perú:
Los requisitos para adoptar en Perú son:
- Solicitud dirigida a la Dirección General de Adopciones en la que se presenta a los solicitantes exponiendo su motivo para adoptar una niña, niño, niños o adolescente.
- Copia legalizada del pasaporte.
- Autorización oficial de su país para adoptar una niña, niño, niños o adolescente peruano en estado de abandono judicialmente declarado.
- Partida de nacimiento del/la o los adoptantes.
- Partida de matrimonio civil, de ser el caso.
- En caso de ser divorciado o divorciada, copia certificada de la sentencia de divorcio o documento equivalente.
- Partida de nacimiento del hijo/a o hijos/as biológicos/as, de ser el caso.
- En caso de viudez, partida de defunción correspondiente.
- En caso de tener hijo/a o hijo/as adoptados/as, presentar sus partidas de nacimiento y reportes de seguimiento post adoptivo, en aquellas adopciones que no hayan sido tramitadas a través de la Dirección General de Adopciones.
- Certificados negativos de antecedentes policiales y penales.
- Certificado o documento que acredite el no ser deudor alimentario moroso o en su defecto una declaración jurada.
- Certificado domiciliario o documento equivalente.
- Certificados médicos de salud física y mental, con una antigüedad no mayor de 3 meses, expedidos por un centro de salud o institución autorizada, incluyendo los resultados de los exámenes de HIV Hepatitis B, otras enfermedades infecto-contagiosas y rayos X de pulmones del o los adoptantes y de las personas que convivan con ellos
- Certificados de trabajo, constancia de ingresos, declaración jurada del impuesto a la renta y demás documentos que acrediten ingresos estables y capacidad económica.
- Fotografía del/la o los adoptantes, de los interiores, exteriores del hogar y de sus familiares en hoja Bond tamaño A-4, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
- Informe psicosocial del/la o los adoptantes, el que deberá contener la motivación para adoptar, relaciones interfamiliares, relaciones sociales y relaciones interpersonales, evaluación de su situación económica, así como cualquier otro aspecto que permita una mayor aproximación a su entorno socio-familiar el que deberá estar firmado por un psicólogo o psicóloga titulado/a y un trabajador o trabajadora social titulado.
- Compromiso de seguimiento post-adoptivo expedido por la autoridad central del país de residencia del/la o los adoptantes consistente en la remisión de informes semestrales de la niña o niño adoptado por un período de 4 años.
- Toda la documentación presentada por el/la o los adoptantes residentes en el exterior deberá estar debidamente legalizada las firmas por las autoridades oficiales del país extranjero, por el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; y en caso de estar en otro idioma deberá estar traducida al español por traductor público cuya firma también deberá estar legalizada en caso de ser extranjero/a y debe ser remitida debidamente ordenada en dos fólders plastificados para adjuntar los originales y las copias por separado.
La presencia de los solicitantes no es necesaria sino hasta el momento que la «Dirección General de Adopciones» les comunique que han sido designados como adoptantes de un niño, niña, niños o adolescente.
Wendy Dávila, abogada especialista en Derecho de Familia – Resultado Legal – Abogados de Derecho Internacional de Lima Perú.
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Wendy Dávila Bendezú
Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.
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