NOTICIAS::

Caso Práctico sobre Secuestro Internacional de Menores

Home »  Caso práctico Secuestro Internacional de Menores »  Caso Práctico sobre Secuestro Internacional de Menores

Restitución de menoresCaso Práctico sobre Secuestro Internacional de Menores

A continuación se describe un Caso Práctico sobre Secuestro Internacional de Menores

Las partes:

Madre peruana.

-Padre alemán

Tema: Secuestro Parental – el menor fue trasalado por su madre desde Alemania al Perú.

Recurso de Casación interpuesto por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su calidad de Autoridad Central Peruana contra la Sala Descentralizada Civil de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura.

La Sala Suprema Civil Transitoria declara procedente el recurso de Casación por infracción a la Convención de la Haya y el Principio de la Tutela Jurisdiccional Efectiva. El recurso de Casación se basa en:

-Que el retorno del menor no implica una decisión sobre la tenencia o custodia a favor del padre pues esto lo determinarán las autoridades judiciales.

-Se considera que el menor se ha integrado a su entorno familiar actual, que no es argumento pues se aleja del espíritu de la Convención de la Haya así como debe prevalecer el interés superior del niño y la pronta restitución del menor a su residencia habitual que es Alemania.

-Que se verifica la retención ilegal que cometió la madre de la menor al no cumplir con retornar a la niña a Alemania en el plazo previsto en la autorización del viaje otorgada por el padre.

La madre

– Niega que se encuentre ilegalmente en el Perú, que el menor tiene nacionalidad peruana y que tiene más de un año en el país habiéndose adaptado a su entorno social. Que ella, la madre, ha sufrido constantes agresiones psicológicas y que el padre incumple con sus obligaciones alimentarias desde diciembre del 2009 y que por tanto ella es el único sustento de su hijo.Que intentó comunicarse con el padre de la menor pero que este respondía con mensaje amenazantes.

Juzgado de Familia de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura

-Declara fundada la demanda de solicitud de restitución del menor de edad a su lugar de residencia habitual que era el que tenía establecido su centro de vida inmediatamente antes de su traslado al país requerido que ha sido Alemania.

-Que no se acreditado que el retorno de menor implique un grave peligro físico o psíquico o que lo ponga en una situación intolerable y que la menor tiene una buena imagen de su padre.

Sala Descentralizada Civil de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura

-Revoca la sentencia apelabada que declara fundada la solicitud de restitución del menor y declara infundada la demanda que si bien por decisión unilateral de uno de los padres no se ha producido el retorno de la menor a Alemania, lo que constituiría causal de restitución prevista en el convenio de La Haya, debe tenerse en cuenta que la menor fue ingresada al país cuando tenía sólo dos años y diez meses de edad.

-Que en la actualidad viene cursando exitosamente su nivel de educación inicial.

-Que se encuentra plenamente integrada a su actual entorno familiar y social a tal punto que el centro de la vida actual de la menor de encuentra en Perú.

-Que la la restitución a Alemania ocasionaría en la niña trastornos de orden familiar.

Fallo:

Fundado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones vulnerables en representación del ciudadano alemán y casaron la sentencia de la Sala Civil de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura y reformándola declara infundada la misma, en consecuencia Nula y confirmaron la resolución de primera instancia que declara fundada la demanda.

Puede escribirnos al siguiente FORMULARIO

Wendy Dávila, abogada peruana y española especializada en Derecho Internacional – Resultado Legal – Abogados de Derecho Internacional

info@resultadolegal

0051-1-705-94-77  0051-1-949-609-349

Calle Coronel Odriozola, San Isidro, Lima – Perú. Horario de atención: de Lunes a Viernes de 9 a 6 p.m. Previa cita.

 

 

 

Wendy Dávila

Wendy Dávila Bendezú

Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.

Puede dejarnos sus comentarios

2 Comments so far:

  1. Raul dice:

    Es hora de abrir los ojos en Perú y es que resulta que estos convenios de restitución de menores no son efectuadas de forma reciproca y es que al Peru no se retorna a niños sustraídos a otros países sin embargo si sucede lo contrario. Los países Europeos como España abusan del supuesto interés superior del niño para obstaculizar el retorno de niños peruanos a su país de origen. Es importante que nuestras autoridades en Peru se pongan los pantalones y hagan una revisión de este convenio y si verdaderamente es justo y reciproco para nuestro país.
    Saludos

  2. admin dice:

    Estimado Sr. Raúl:
    Muchas gracias por su comentario. Usted ha podido ver en la práctica que esto ha sucedido?

También le puede interesar