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Derecho a la Herencia
Situaciones que surgen con respecto a la Herencia
En la práctica legal, hemos observado que existen hijos que en algunos casos ya se consideran dueños de las propiedades de sus padres, cuando éstos están en vida. Lo que más nos preocupa, es que muchos de ellos no cumplen con sus obligaciones de índole moral y económico con respecto a sus progenitores.
Es importante mencionar que los padres, o cualquier persona, puede disponer libremente de sus bienes estando en vida y por ende, puede vender sus propiedades sin que tenga que consultarlo.
Por otro lado, los padres o causantes pueden beneficiar a terceros que no sean los herederos forzosos, siempre y cuando sea un tercio de la totalidad de sus bienes.
Herencia en vida: usufructar bienes de los padres
Mientras no se haga un anticipo de herencia o adelanto de herencia, solo se podrá heredar con la muerte del causante. Por lo tanto, es erróneo que los herederos forzosos, los hijos, asuman que pueden usufructuar los bienes de sus padres cuando ellos están en vida y no han hecho ningún adelanto de herencia. Ejemplo: alquilar la casa de sus padres y quedarse con el pago de los arriendos o del alquiler.
Interdicción
En nuestra experiencia, hemos visto casos, en los que hay hijos que hacen uso de la posesión de las viviendas de sus padres, sin embargo, no velan por la atención y cuidado de sus progenitores que son adultos mayores y están enfermos.
En otros casos, familiares se aprovechan, y utilizan las claves de las cuentas bancarias, y hacen uso de los ingresos, de sus tíos, abuelos, padres, etc.
En esta situaciones, es necesario empezar con un proceso de interdicción, a fin de proteger los intereses del padre o familiar.
Reparto de la Herencia
Una de las circunstancias que surgen tras la muerte de un familiar, es que los herederos forzosos, toman posesión de los bienes de los padres, construyen, hacen reformas, sin haberse hecho la declaratoria de herederos, es decir, la Sucesión Intestada. Iniciar un Proceso de Sucesión Intestada puede evitar mayores conflictos.
La Sucesión Intestada puede ser iniciada ante el Notario o ante el Poder Judicial.
Los hijos tenemos derecho a heredar ya que ante la ley somos herederos forzosos, sin embargo, también tenemos obligaciones con respecto a nuestros padres, como son cuidarlos y protegerlos en vida.
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Wendy Dávila, abogada de familia peruana y española – Resultado Legal – desde 1972. Estudio de abogados de Familia en Lima.
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Wendy Dávila Bendezú
Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.
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