NOTICIAS::

Estafa o delitos informáticos en el Perú

Home »  Abogados de Derecho Penal »  Estafa o delitos informáticos en el Perú

Delito de Estafa en el Perú: Concepto, Modalidades y Diferencia con los Delitos Informáticos

El delito de estafa es uno de los delitos patrimoniales más frecuentes en el Perú. En la actualidad, muchas estafas se cometen utilizando medios digitales, lo que genera confusión entre estafa tradicional, estafa mediante medios informáticos y delitos informáticos propiamente dichos.

Comprender la diferencia es clave para formular correctamente una denuncia penal y estructurar una estrategia de defensa o acusación.

 ¿Qué es el Delito de Estafa?

El delito de estafa está regulado en el artículo 196 del Código Penal peruano.

Se configura cuando:

El agente, mediante engaño, ardid o fraude, induce o mantiene en error a otra persona, logrando que realice un acto de disposición patrimonial en su perjuicio o en el de un tercero.

Elementos jurídicos esenciales:

  1. Engaño idóneo
  2. Error en la víctima
  3. Acto de disposición patrimonial voluntario
  4. Perjuicio económico
  5. Dolo (intención de defraudar)

Punto clave: La víctima entrega el dinero o bien voluntariamente, pero lo hace inducida por engaño.

Estafa mediante medios informáticos

Cuando el engaño se realiza utilizando:

  • Redes sociales
  • Aplicaciones de mensajería
  • Plataformas digitales
  • Transferencias bancarias
  • Enlaces falsos
  • Suplantación digital

Nos encontramos ante una estafa cometida a través de medios informáticos, pero jurídicamente sigue siendo estafa si existe engaño directo a la víctima.

Ejemplos frecuentes:

  • Falsas inversiones
  • Venta inexistente de bienes
  • Suplantación de identidad para solicitar transferencias
  • Estafas sentimentales
  • Phishing con interacción directa

Si la víctima, convencida por el engaño, realiza la transferencia, estamos ante estafa (art. 196 CP), aunque se haya usado internet.

¿Qué es un delito informático?

Los delitos informáticos están regulados en la Ley N.º 30096 – Ley de Delitos Informáticos.

Aquí el bien jurídico protegido principal es:

  • La seguridad de los sistemas informáticos
  • La integridad de datos
  • La confidencialidad de información
  • El correcto funcionamiento de sistemas

Ejemplos:

  • Acceso ilícito a sistemas
  • Interceptación de datos
  • Alteración o daño de datos
  • Fraude informático sin intervención directa de la víctima

 

Diferencia clave entre estafa y delito Informático

Estafa Delito Informático
Hay engaño directo a la víctima Se ataca un sistema informático
La víctima entrega voluntariamente el dinero El sistema es manipulado
Se basa en el error inducido Se basa en vulneración tecnológica
Protege el patrimonio Protege la seguridad informática

Ejemplo comparativo:

-Si una persona convence a otra por WhatsApp para que le transfiera dinero: ESTAFA.

-Si un hacker ingresa al sistema bancario y transfiere dinero sin que la víctima intervenga: DELITO INFORMÁTICO.

¿Puede existir concurso entre ambos?

Sí.

En algunos casos puede existir:

  • Estafa + Suplantación de identidad
  • Estafa + Acceso ilícito
  • Organización criminal

Dependerá de cómo se haya ejecutado el hecho.

Importancia de la calificación correcta

Una incorrecta calificación jurídica puede:

  • Debilitar la denuncia
  • Generar archivo fiscal
  • Impedir medidas como levantamiento de secreto bancario
  • Afectar la estrategia probatoria

Por eso es fundamental analizar:

  • ¿Hubo engaño?
  • ¿La víctima realizó voluntariamente la transferencia?
  • ¿Hubo vulneración técnica del sistema?
  • ¿Se utilizó malware o solo manipulación psicológica?

¿Qué pasa cuando hay varias víctimas?

Si una misma persona engaña sistemáticamente a varias víctimas, pueden configurarse:

  • Estafa agravada
  • Concurso de delitos
  • Organización criminal (según el caso)

Esto cambia completamente la gravedad del proceso y las penas aplicables.

¿Y si el dinero fue transferido a una cuenta bancaria?

Aquí entra una parte estratégica clave:

  • Identificación del titular de la cuenta
  • Levantamiento del secreto bancario
  • Congelamiento de fondos
  • Responsabilidad del titular de la cuenta receptora

Penas por estafa en el Perú

La estafa básica tiene pena privativa de libertad.
Si existen agravantes, la pena puede incrementarse considerablemente.

La cuantía del perjuicio y el número de víctimas son determinantes.

¿Por qué muchas denuncias se archivan?

Porque:

  • Se califica mal el delito
  • No se presentan correctamente los elementos del engaño
  • No se sustenta el acto de disposición patrimonial
  • No se individualiza la conducta dolosa

Una denuncia mal estructurada facilita el archivo fiscal.

Una denuncia bien fundamentada obliga a investigar.

Defensa y patrocinio legal especializado en casos de estafa

En casos de estafa no basta con presentar una denuncia simple.

Se requiere:

  • Estrategia penal clara
  • Análisis técnico de los hechos
  • Sustento probatorio adecuado
  • Seguimiento constante en fiscalía
  • Solicitud de diligencias específicas

Cada caso debe analizarse individualmente para definir si corresponde:

  • Estafa simple
  • Estafa agravada
  • Delito informático
  • Concurso de delitos

Si has sido víctima de estafa

El tiempo es determinante.

Mientras más rápido se actúe:

  • Más posibilidades existen de identificar al responsable
  • Mayor probabilidad de rastrear el dinero
  • Más viable es solicitar medidas urgentes

No todo está perdido si se actúa correctamente desde el inicio.

Se configuran ambos delitos

Un sujeto:

  • Hackea una cuenta
  • Obtiene datos privados
  • Luego usa esa información para engañar a la víctima y lograr que transfiera dinero

-Vulneración del sistema
-Engaño
-Disposición patrimonial

-Puede configurarse concurso entre estafa y delito informático.

Punto técnico importante

No todo uso de internet convierte automáticamente la estafa en delito informático.

Si no hay vulneración técnica del sistema, sino solo manipulación psicológica, estamos únicamente ante estafa.

Conclusión jurídica

Sí, pueden cometerse simultáneamente estafa y delito informático cuando concurren:

  • Engaño idóneo
  • Vulneración de sistema informático
  • Perjuicio patrimonial

Si solo existe uno de esos elementos, no hay concurso.

La calificación correcta es crucial porque influye en:

  • La pena
  • Las diligencias fiscales
  • El levantamiento del secreto bancario
  • La posibilidad de imputar agravantes

Por tanto:

No toda estafa digital es un delito informático.

Si existe engaño directo que induce a la víctima a disponer de su patrimonio, estamos ante estafa, aunque el medio haya sido internet.

Si el dinero se obtiene vulnerando directamente sistemas informáticos sin intervención voluntaria de la víctima, estaremos ante un delito informático.

Resultado Legal, abogados peruanos especializados en derecho penal, con oficinas tanto en Coronel Odriozola 413, San Isidro y en Barcelona – España.

Resultado Legal brinda asesoría legal online y de manera presencial.

Puede contactarnos a través de nuestro correo electrónico info@resultadolegal.com o a través del siguiente formulario. De igual modo, nos puede llamar al 950 978 172.

En España  info@resultadolegal.es  www.resultadolegal.es

En Suecia  info@juridikresultat.com www.juridikresultat.com

En inglés info@resultlegal.com www.resultlegal.com

En Alemán info@resultadolegal.de  www.resultadolegal.de

 

Wendy Dávila

Wendy Dávila Bendezú

Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.

Puede dejarnos sus comentarios

También le puede interesar