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Franquicia, base legal en Alemania

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Franquicia, base legal en Alemania 

¿En qué consiste un contrato de franquicia?franquicias-en-alemania

Es la transferencia de un sistema y la capacidad de mediar un know-how por parte del franquiciador (tiene el conocimiento del negocio) al franquiciante (realiza una inversión, aportando un capital, para operar el negocio y usar la marca del franquiciante).

Base Legal de las Franquicias en Alemania

De acuerdo con los principios generales del derecho civil ha antes de formar parte de un contrato, cada parte tiene la tarea de informarse acerca de las ventajas y desventajas del mismo. Sin embargo, con excepción a estos principios, establecidos por la doctrina y la jurisprudencia, el franquiciador debe cumplir con ciertas obligaciones de información (pre-contractual) antes de que se firme el contrato de franquicia. En este caso, concretamente, se trata de conocimientos del franquiciador, y la inversión inicial más significativa por parte del franquiciado.

Por lo tanto, el franquiciador tendría que asumir la responsabilidad de cualquier  manifestación falsa con respecto al contrato de franquicia.

El contenido de los acuerdos de franquicia está sujetos en gran medida a la autonomía privada, por el que se entiende que las partes pueden negociar los detalles contractuales a su libre alvedrío. Básicamente, el franquiciador le enviará un proyecto de contrato al franquiciado. En estos casos, se recomienda ser asesorado ante todo por un abogado especialista en el tema de franquicias. El contrato de franquicia establece el marco para la cooperación a largo plazo entre franquiciadores y franquiciados.

El contrato de franquicia proporciona la base jurídica de la cooperación entre franquiciadores y franquiciados, especificando la naturaleza y el alcance de los derechos y obligaciones vinculantes mutuos.

En Alemania no existe una ley específica de franquicias, por lo tanto,  es el contrato de franquicia el documento esencial para la relación comercial entre franquiciador y franquiciado.

El contrato de franqucia involucra varias ramas del Derecho como son: el Derecho de la Competencia, Derecho Comercial, Derecho Corporativo, Marcas, Derecho del trabajo y social, Derecho de Obligaciones, Ley de Contratos, Ley antimonopolio, etc.

De igual modo, a nivel europeo, el Reglamento UE 330/2010 que establece el derecho de la competencia. Asimismo, el Código Europeo de Ética de Franquicias, que ha sido aprobado por la Asociación Alemana de Franquicias, así como otras asociaciones de franquicias Europea.

El Código Europeo de Ética de Franquicias, es una guía de la «buena gestión», que fue elaborado por los franquiciadores para regular la práctica de la franquicia, y la se utiliza a menudo en los Tribuanales como una referencia.

Los tipos de franquicias más relevantes en Alemania

  1. Se hace una distinción entre Franquicias respecto a ventas (el franquiciado vende determinadas mercancías en su tienda, que lleva el nombre del franquiciador, por ejemplo DAV)
  2. Servicio de franquicia (franquiciado ofrece servicios bajo el nombre comercial del franquiciador y se compromete a cumplir con ciertas pautas y reglamentos, tales como cadenas hoteleras, escuela de música)
  3. Producción de franquicias (se vende los productos bajo la marca del franquiciador, como planta de embotellado de bebidas).

Es preciso mencionar, que el mercado de la franquicia alemana comprende las siguientes áreas de negocio:

Comercio / minorista (27%)

Servicios (48%).

Hoteles y restaurantes (17%).

Artesanía (8%).

 

Wendy Dávila, abogada española y peruana – Resultado Legal, abogados de Derecho Empresarial.

info@resultadolegal.com

Wendy Dávila

Wendy Dávila Bendezú

Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.

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