Sustracción Internacional de Menores Perú
¿Cuándo se produce una sustracción internacional del menor?
Cuando un progenitor sin permiso del otro, traslada al menor del país de residencia, habitual, de manera ilegal al extranjero y permanece en éste, sin retornarlo.
Entonces, el menor dejará su residencia habitual, sin que se respete el derecho de custodia o tenencia del otro progenitor. Se alejará al menor de su entorno habitual al que estaba acostumbrado, se le separará de sus actividades cotidianas, de su entorno social y familiar al que estaba acostumbrado. Los daños psicológicos al menor como al progenitor quien no verá a su hijo, son serios y éstos han sido mencionados en diferentes estudios realizados por psicólogos expertos en la materia.
Los padres sustractores, suelen salir del país de residencia del menor, con permisos de viajes firmados por uno de los progenitores, otros utilizan la otra nacionalidad del hijo para poder salir de éste sin generar sospechas en los agentes migratorios. Es bastante común además, que utilicen la técnica de victimización, para hacer denuncias falsas sobre violencia psicológica y/o física o conexos para poder huir del país, mayormente porque siendo extranjeros no suelen acostumbrarse al país de residencia del menor.
Si como progenitor sospecha que el padre o madre, con rasgos en su personalidad inestables por ejemplo establecidos a través de una pericia psicológica, podría trasladar ilíctamente su menor hijo, que además suele incumplir con los deberes parentales, no tiene arraigo personal, familiar y patrimonial, es decir, carece de trabajo, bienes y domicilio propio en el lugar de residencia del menor, tiene fuertes vínculos con el país de su nacionalidad, entonces, antes de firmar el permiso de viaje, reflexione si realmente existen garantías de que regrese el progenitor saliendo del territorio de residencia del menor.
En el caso, que ya se hubiera producido la sustracción del menor por uno de los padres, deberá aplicarse el Convenio de la Haya que ha establecido un procedimiento único con el propósito de agilizar los procesos de restitución internacional de menores. El fin del Convenio de la Haya es la cooperación entre los estados suscritos, a fin de que se restituya del menor sustraído ilícitamente por su progenitor. Para su aplicación, deberá recurrirse a la Autoridad Central, además, de tomar otras acciones legales tanto civiles como penales.
Puede contactarnos con nosotros a través del siguiente FORMULARIO
Wendy Dávila, abogada peruana y española – Resultado Legal. Abogados de Derecho Internacional Perú.
info@resultadolegal.com www.resultadolegal.com
Calle Coronel Odriozola 413, San Isidro, Lima – Perú. Telef. 950 978 172/ 01-621 16 77. Horario de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 5 p.m. Previa cita.
Calle de Gomis, Barcelona – España. Telef. 0034 936 836 461 Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a 5 p.m. Previa cita info@resultadolegal.es
Alemania info@resultadolegal.de www.resultadolegal.de
Suecia info@juridikresultat.com www.juridikresultat.com
Wendy Dávila Bendezú
Abogada española por la Universidad de Alcalá de Henares, Madrid. Realizó estudios de Administración Pública en la Universidad de Gotenburgo, Suecia. En el Perú estudió Derecho en la Universidad San Martín de Porres. Trabajó en el Poder Judicial de Gotemburgo en el área de Derecho Concursal. Experiencia con Derecho Internacional, Inmobiliario, Empresarial y Familia. Colegiada en el Colegio de Abogados de Lima y en Barcelona. Idiomas: sueco, inglés, alemán y castellano.
Puede dejarnos sus comentarios